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Subsidio a la tasa hipotecaria 2026: qué cambió con la nueva ley

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El subsidio a la tasa hipotecaria 2026 cambió en agosto: el tope de precio de la vivienda subió de UF 4.000 a UF 6.000, los cupos pasaron de 50 mil a 80 mil y el programa quedó vigente hasta el 31 de mayo de 2028. Se aplica solo a viviendas nuevas, no requiere postulación y baja la tasa de tu crédito hipotecario en torno a un punto porcentual. No entrega plata para el pie.

Si buscaste este tema hace unos meses, casi todo lo que encontraste está desactualizado. Varias páginas oficiales seguían mostrando el tope viejo de UF 4.000 y el plazo hasta mayo de 2027 incluso después de que la ley cambiara. Acá va lo que efectivamente rige hoy, quién califica, cómo se pide y qué preguntas hacerle al banco antes de firmar.

¿Ya tienes el crédito aprobado pero te falta juntar el pie? En banca.me puedes financiar hasta el 75% del pie en cuotas sin interés, y es compatible con un hipotecario bancario que tenga el subsidio a la tasa.

Qué es el subsidio a la tasa hipotecaria

Su nombre formal es Subsidio a la Tasa de Interés Hipotecaria para la Adquisición de Viviendas Nuevas, aunque casi todo el mundo le dice "subsidio al dividendo". Nació con la Ley N° 21.748, publicada en el Diario Oficial el 29 de mayo de 2025.

La idea detrás es simple. Se busca otorgar un subsidio a la tasa de interés de los créditos hipotecarios para viviendas nuevas y con eso incentivar la adquisición de primeras viviendas para la clase media y reactivar el sector inmobiliario. El Estado no te pasa plata a ti: le paga al banco una parte del interés, y tú ves el efecto directamente en un dividendo mensual más bajo.

La ley viene además acompañada del Fondo de Garantías Especiales FOGAES, creado por la Ley N° 21.543, que es un programa distinto dentro del mismo paquete. Bajo el Programa de Garantías Apoyo a la Vivienda Nueva, se establece que la garantía estatal para viviendas de hasta 4 mil UF no podrá cubrir más del 60 por ciento del valor de la vivienda.

Qué cambió exactamente en agosto de 2026

El 4 de agosto de 2026 Hacienda y Minvu presentaron el proyecto de ampliación. Por unanimidad, el Senado aprobó el proyecto que amplía el subsidio a la tasa de interés hipotecario. El senador Gustavo Sanhueza detalló que entre los objetivos del texto legal están ampliar la cobertura del beneficio en 30 mil viviendas, con lo que el programa alcanza un total de 80 mil, y aumentar el plazo máximo hasta el 31 de mayo de 2028. La tramitación fue relámpago: tuvo un paso sumamente rápido por el Congreso, considerando que fue anunciado el martes de la semana anterior.

Según Hacienda, la ley amplía la cobertura sumando 30 mil nuevos cupos hasta alcanzar un total de 80 mil, eleva de 4.000 a 6.000 UF el valor máximo de las viviendas elegibles, y extiende su vigencia por 12 meses, hasta el 31 de mayo de 2028.

Tras su publicación en el Diario Oficial entró en vigencia la Ley N° 21.836, que amplía la cobertura del subsidio a la tasa de interés hipotecaria y extiende la vigencia del programa hasta el 31 de mayo de 2028. El 17 de agosto se publicó en el Diario Oficial la Ley N° 21.836, que extiende la vigencia y aumenta la cobertura de la Ley N° 21.748.

Parámetro

Ley 21.748 (mayo 2025)

Con la ampliación (agosto 2026)

Tope de valor de la vivienda

UF 4.000

UF 6.000

Cupos totales

50.000

80.000

Vigencia

Hasta mayo de 2027

Hasta el 31 de mayo de 2028

Tipo de vivienda

Nueva, primera venta

Nueva, primera venta

Cuánto baja realmente la tasa

El ministro de Hacienda, Jorge Quiroz, señaló que la ley permitirá prolongar la rebaja de la tasa, aproximadamente del 4% al 3%, sumar 30 mil nuevos cupos y ampliar el beneficio a viviendas de hasta UF 6.000, llegando a un grupo social más amplio, incluida la clase media.

⚠️ Ojo con esto: ese 3% es una estimación declarada por la autoridad, no un techo garantizado por ley. La tasa final que te ofrezcan depende del banco y de la tasa de referencia vigente el día que firmes.

Cuánta oferta queda cubierta con el nuevo tope

Según el Informe Nacional Inmobiliario de la CChC, al primer trimestre de 2026 la oferta disponible asciende a 104.047 unidades, de las cuales 19.022 corresponden al tramo de 4.000 a 6.000 UF. Por eso, la ampliación del tope alcanzaría una cobertura de 88,1% de la oferta de viviendas disponible, según Hacienda.

Traducido: si estás mirando departamentos o casas nuevas en Chile, es bastante probable que la que te gusta ahora califique.

Cuánto se ha usado hasta ahora

Según datos de la Abif citados por Emol, al 17 de julio pasado la banca había recibido 95.647 solicitudes elegibles, de las cuales 51.551 contaban con aprobación comercial de un banco y 32.557 permanecían en evaluación. Del total de operaciones aprobadas, 28.589 habían sido cursadas efectivamente hasta esa fecha.

⚠️ Estas cifras son del programa antes de la ampliación, es decir, bajo el esquema de 50.000 cupos y tope UF 4.000. No las sumes ni las restes directamente contra los 80.000 cupos nuevos.

El costo para el fisco

No es una medida menor en plata pública. Según Diario Financiero, el mayor gasto fiscal que representa la aplicación de la Ley 21.748, que en total entre los años 2027 y 2055 alcanza a $ 325.008 millones de 2026, en su primer año presupuestario de vigencia se financiará con cargo a la partida presupuestaria del Tesoro Público.

Además: el IVA a la vivienda nueva

El subsidio no viene solo. La iniciativa también se complementará con la exención transitoria del IVA para viviendas nuevas contemplada en la Ley de Reconstrucción Nacional y Desarrollo Económico y Social, y de acuerdo a estimaciones oficiales esta medida podría reducir en torno a un 10% el precio de las viviendas durante su vigencia.

Cómo se solicita: no hay que postular

Esta es la parte donde más gente se confunde. No hay formulario en Serviu, no hay llamado, no hay fecha de postulación.

El Minvu lo dice claro: una vez aprobado el crédito hipotecario, el subsidio se otorga automáticamente, y no es necesario hacer otras gestiones porque el Estado paga directamente a la entidad financiera el monto del subsidio. En la práctica se solicita con el ejecutivo del banco al momento de pedir el crédito para una vivienda nueva elegible, y solo se exige una declaración jurada simple.

Los 4 errores que más se repiten

1. Creer que hay que postular

Mucha gente lo trata como un subsidio habitacional tradicional y sale a buscar formularios y plazos. No existen. Se pide directo en el banco junto con el crédito, con una declaración jurada simple, y el Estado le paga al banco, no a ti.

2. Confundirlo con el DS1 o el DS19

Son cosas distintas. Los DS1 y DS19 son subsidios del Estado con llamados de postulación, topes de ingreso y ahorro previo definidos por decreto. El subsidio a la tasa es una rebaja de interés que se aplica de forma automática al crédito de cualquier persona natural que compre primera vivienda nueva dentro del tope UF vigente. Y sí, en ciertos tramos son compatibles entre sí.

De hecho, la ley original reservó cupos para eso. Fuentes oficiales precisan que existen 6.000 cupos reservados en el caso de ser beneficiario de los subsidios DS1 y DS19 para viviendas de hasta 3.000 UF. ⚠️ No hay confirmación de que la ampliación de agosto de 2026 haya modificado esa submeta de 6.000 cupos.

3. Seguir citando el tope de UF 4.000

Es el error más fácil de cometer, porque el dato viejo sigue circulando en páginas oficiales. La propia página del Minvu mostraba el tope de UF 4.000 en una actualización fechada el 25 de mayo de 2026, o sea, antes de la reforma. Lo vigente hoy es UF 6.000, 80.000 cupos y plazo hasta el 31 de mayo de 2028.

4. Pensar que el subsidio te ayuda con el pie

No. El subsidio actúa solo sobre la tasa de interés y, por lo tanto, sobre el dividendo mensual. Lo que puede facilitar un pie menor es la garantía estatal FOGAES, que es un programa separado dentro de la misma ley y que respalda parte del financiamiento ante el banco, siempre sujeto a evaluación crediticia. El pie lo sigues poniendo tú.

Tasas de bancos: qué se ha visto en 2026

Un ejemplo concreto de oferta bancaria: la tasa de interés de 3,32% aplica exclusivamente a créditos hipotecarios cuyas escrituras públicas se firmen durante agosto de 2026, y siempre que el cliente califique para el programa FOGAES y para el subsidio a la tasa establecido en la Ley N° 21.748.

Banco

Descuento total

Tasa efectiva

Santander

1,05%

3,28%

BancoEstado

0,92%

3,41%

Coopeuch

1,16%

3,42%

Itaú CorpBanca

0,80%

3,53%

Banco de Chile

0,70%

3,63%

BCI

0,65%

3,68%

Banco Consorcio

0,61%

3,72%

Banco Falabella

0,61%

3,72%

Mutuos Hipotecarios Renta Nacional

0,93%

4,31%

Datos reportados por Minvu, correspondientes a marzo de 2026.

Mira la tabla con atención y vas a notar algo raro: Coopeuch tiene el mayor descuento (1,16%) pero no la tasa más baja. Santander descuenta menos (1,05%) y queda en 3,28%. La razón es que cada banco parte de una tasa base distinta.

Otras referencias de mercado en 2026: BancoEstado publicó una tasa de UF+3,1% anual en operaciones con garantía estatal FOGAES, con un dividendo referencial de $ 505.426 para una vivienda de 3.000 UF, con 90% de financiamiento a 30 años, calculado con UF al 3 de junio de 2026.

⚠️ Ninguna de estas tasas está garantizada bajo el nuevo tope de UF 6.000. Son campañas puntuales, vigentes por meses específicos y sujetas a cambio tras la nueva licitación de cupos entre bancos.

El consejo que te va a ahorrar plata

Antes de firmar la promesa de compraventa, pídele al banco que te muestre por separado el descuento en puntos base y la tasa base sobre la que se aplica. Como viste en la tabla, un mayor descuento no siempre significa la tasa final más baja.

Y confirma por escrito que la vivienda específica que estás mirando corresponde a primera venta y queda dentro del tope de UF 6.000. El beneficio no aplica a viviendas usadas ni a promesas firmadas antes del 1 de enero de 2025.

banca.me: el subsidio te baja el dividendo, nosotros te ayudamos con el pie

Acá está el hueco real. Tienes el crédito preaprobado, la vivienda califica para el subsidio, tu dividendo bajó. Pero el pie sigue siendo un cheque grande que tienes que juntar entero antes de escriturar. Eso es lo que resolvemos.

  • Financias hasta el 75% del pie, en cuotas. El 25% restante lo pones tú con recursos propios. En un caso real: si el banco te aprueba el 90% del valor de la propiedad, terminas aportando cerca del 2,5% del total de tu bolsillo. Es un crédito con sus propias condiciones, que se suma al hipotecario principal, y está sujeto a evaluación.

  • Hasta 60 cuotas sin interés, con tope de 1.000 UF. No hay monto mínimo. Y si te llega plata antes, puedes prepagar cuando quieras, sin multa.

  • Es compatible con el subsidio a la tasa. Puedes tomar tu hipotecario bancario con el subsidio y financiar el pie con nosotros. Importante: el subsidio lo otorga el banco con el que tomas el hipotecario, no banca.me.

  • Sin renta mínima y sin seguros asociados. No exigimos un piso de ingresos, aunque toda solicitud pasa por evaluación. Funciona igual si eres trabajador dependiente o independiente.

  • Aplica a vivienda nueva de inmobiliarias en convenio. Este es el requisito que no puedes saltarte: además de la inmobiliaria, el proyecto específico tiene que estar asociado. Hoy trabajamos con PY, Gespania, Siena, Leon, Maquehue, Besalco y Bricsa, entre otras, y la lista sigue creciendo. Si eres inmobiliaria y te interesa un convenio, escríbenos.

  • Sirve para primera vivienda, segunda o inversión. Necesitas tener la aprobación bancaria del hipotecario antes de partir. El proceso empieza ingresando en banca.me y puede ser digital o presencial, se ve caso a caso.

Además del pie en cuotas, banca.me otorga crédito hipotecario propio, con plazos de hasta 40 años. banca.me entrega el crédito directamente y opera con fondos regulados por la CMF. No somos una mutuaria, aunque funcionamos como mutuario, y toda la gestión la hacemos nosotros.

Antes de decidir: casos particulares

Si tu vivienda está entre UF 4.000 y UF 6.000, eres exactamente el grupo nuevo que entró con la ampliación. Confirma con el banco que ya está operando con los parámetros actualizados, porque parte de la información pública siguió mostrando el tope viejo durante meses.

Si además tienes un DS1 o DS19, revisa el tramo: los cupos reservados que documentó Minvu apuntan a viviendas de hasta 3.000 UF, y ese detalle puede cambiar tu estrategia de compra.

Si vas a comprar una vivienda usada, este beneficio no es para ti. Solo aplica a viviendas nuevas, de primera venta.

Y si lo que te falta es el pie, no esperes que el subsidio lo resuelva. Baja el dividendo, no el monto inicial. Ahí tienes que mirar FOGAES con tu banco, ahorro propio, o financiamiento del pie por separado.

Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo puedo usar el subsidio a la tasa hipotecaria?

Hasta el 31 de mayo de 2028, según la ampliación aprobada en agosto de 2026. Antes el plazo llegaba hasta 2027, por eso todavía circula información contradictoria.

¿Sirve para una vivienda usada?

No. El beneficio está diseñado para viviendas nuevas y de primera venta. Tampoco aplica a promesas de compraventa firmadas antes del 1 de enero de 2025.

¿Puedo tener el subsidio a la tasa y un DS1 o DS19 al mismo tiempo?

Sí, son compatibles en ciertos tramos. La ley reservó cupos específicos para beneficiarios de subsidios habitacionales en viviendas de hasta 3.000 UF. Confirma tu caso con el ejecutivo del banco.

¿El subsidio me ayuda a pagar el pie?

No. Solo rebaja la tasa de interés y con eso el dividendo mensual. El pie sigue siendo aporte del comprador. La garantía estatal FOGAES, que es otro programa, puede permitir un pie menor al respaldar parte del financiamiento, siempre sujeto a evaluación del banco.

¿Se van a acabar los cupos?

Los cupos totales son 80.000. Al 17 de julio de 2026, bajo el esquema anterior de 50.000, se habían cursado 28.589 créditos y había 51.551 solicitudes con aprobación comercial. El detalle actualizado del consumo de cupos tras la ampliación todavía no se ha publicado, así que conviene consultarlo con el ejecutivo del banco al momento de cotizar.

Notas y fuentes

  1. Ministerio de Hacienda de Chile, "Hacienda y Minvu presentan proyecto para ampliar el subsidio hipotecario", 4 de agosto de 2026: hacienda.cl

  2. Senado de la República de Chile, "Luz verde al proyecto que extiende el subsidio a la tasa de interés", 11 de agosto de 2026: senado.cl

  3. Diario Financiero, "Senado aprueba y despacha a ley proyecto que extiende el subsidio a la tasa", 11 de agosto de 2026: df.cl

  4. Biblioteca del Congreso Nacional, Ley Fácil: Subsidio a la tasa de interés hipotecaria para la adquisición de viviendas nuevas: bcn.cl

  5. Ministerio de Vivienda y Urbanismo, "Nuevo subsidio al crédito hipotecario": minvu.gob.cl

  6. La Tercera Pulso, "Gobierno busca extender el subsidio a la tasa de interés del crédito hipotecario para viviendas de hasta 6.000 UF", agosto de 2026: latercera.com

  7. Emol, con datos de Abif, 4 de agosto de 2026: emol.com

  8. 24Horas (TVN), "Viviendas de hasta 6.000 UF y 30 mil nuevos cupos: Senado despacha a ley subsidio tasa", 11 de agosto de 2026: 24horas.cl

  9. Banco Santander Chile, página del subsidio al dividendo, vigente en agosto de 2026: santander.cl

  10. Ministerio de Vivienda y Urbanismo, "Ministro Montes valora aprobación de ley que crea subsidio a la tasa de interés hipotecaria", 20 de mayo de 2025: minvu.gob.cl

  11. Portal Innova, columna de opinión que consigna la publicación en el Diario Oficial, 17 de agosto de 2026: portalinnova.cl

  12. Redimin, tabla comparativa de bancos adscritos con datos Minvu de marzo de 2026: redimin.cl

  13. Redimin, crédito hipotecario BancoEstado PRO 2026: redimin.cl

Nota de transparencia

Somos honestos con lo que no pudimos cerrar del todo. El número "Ley N° 21.836" y su fecha de publicación se confirmaron a través de varias fuentes de prensa independientes y consistentes entre sí, pero no mediante consulta directa al buscador de LeyChile o al Diario Oficial. La baja de tasa de 4% a 3% es una estimación verbal del ministro de Hacienda, no un techo legal. Las tasas bancarias citadas corresponden a campañas puntuales de meses específicos de 2026 y pueden haber cambiado tras la nueva licitación de cupos. Y no incluimos aquí un monto de aporte fiscal a FOGAES que circuló en medios, porque no pudimos verificarlo en fuente oficial.

Aviso

Este contenido es información general con fines educativos y no constituye asesoría financiera, legal ni tributaria. Todo producto de crédito está sujeto a evaluación y a las condiciones vigentes de cada entidad. Revisa siempre las condiciones específicas con tu banco antes de firmar. Fecha de revisión: 28 ago 2026.

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